BOE: Los profesionales, en la provincia; los federados, en el municipio

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Foto: Photo Gomez Sport / Caja Rural-RGA

El Boletín Oficial del Estado (BOE) confirma todo lo escrito hasta ahora: los deportistas profesionales y deportistas calificados de alto nivel o de interés nacional podrán entrenar en su provincia, sin límite de tiempo a partir del lunes 4 de mayo. El resto de deportistas federados deberán hacerlo en su municipio y dentro de los límites horarios en esta fase 0 de la desescalada.

No hay cambios sobre lo adelantado en Zikloland… y se resuelven todas las dudas, aunque quedan grietas a la interpretación sobre los entrenamientos de los deportistas de élite y los federados. El Ministerio de Sanidad ha publicado el BOE (verlo completo aquí, capítulo 3) sobre las condiciones en las que debe desarrollarse la actividad deportiva profesional y federada. En el caso del ciclismo, la distancia de seguridad interpersonal se establece en diez metros frente a los dos metros de carácter general.

El resumen es el siguiente:

  • Deportistas profesionales, deportistas de alto nivel o de interés nacional: entrenamientos de forma individual, al aire libre, dentro de los límites de la provincia en la que resida y sin límites de horarios -«la duración y el horario de los entrenamientos serán los necesarios para el mantenimiento adecuado de la forma deportiva»-; con entrenador «siempre que resulte necesario»y manteniendo la distancia interpersonal en este caso.
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Los líderes del Movistar Team. Foto: Movistar Team

  • Otros deportistas federados: entrenamientos de forma individual, en espacios al aire libre, dos veces al día, entre las 6:00 horas y las 10:00 horas y entre las 20:00 horas y las 23:00 horas (si el municipio es de más de 5.000 habitantes), y dentro de los límites del municipio de residencia; no se permite la presencia de entrenadores.

Para los no federados es tal y como se apuntó para el 2 de mayo: individual, una vez al día y dentro del municipio y cumpliendo con las franjas horarias correspondientes. Se confirma por tanto que la única ventaja de los federados frente a los no federados es que pueden ejercitarse dos veces. No han atendido el CSD ni el Ministerio de Sanidad la solicitud de la Federación Española de ampliar espacios y horarios para todos los federados.

El BOE resuelve la consideración de «deportistas profesionales» no así «de interés nacional»; sí está claro quiénes son los calificados de alto nivel, en base a los méritos deportivos adquiridos durante los años. Son considerados «deportistas profesionales» de acuerdo con lo estipulado en el Real Decreto 1006/1985, de 26 de junio: «quienes, en virtud de una relación establecida con carácter regular, se dediquen voluntariamente a la práctica del deporte por cuenta y dentro del ámbito de organización y dirección de un club o entidad deportiva a cambio de una retribución (…) Quedan excluidos del ámbito de esta norma aquellas personas que se dediquen a la práctica del deporte dentro del ámbito de un club percibiendo de éste solamente la compensación de los gastos derivados de su práctica deportiva».

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El podio del Circuito Guadiana. Foto: RFEC

Se entiende por tanto que cualquier ciclista con licencia que reciba un sueldo -Seguridad Social- de su equipo o club es considerado profesional y por lo tanto podrá entrenar en el límite de su provincia y sin horarios; en cambio, ciclistas por ejemplo amateur o juveniles que no tienen una vinculación económica, no. Por lo tanto, todos los corredores profesionales de los equipos WorldTour, ProTeam y Continentales tanto masculinos como femeninos cumplirán con el requisito pues se supone que reciben una retribución por su actividad deportiva.

El BOE señala que será «la federación deportiva correspondiente» la que emitirá la debida acreditación para ese primer nivel de deportistas profesionales, deportistas de alto nivel o de interés nacional, asegurando que se considerará suficiente documentación la licencia deportiva o el certificado de Deportista de Alto Nivel… Nada dice de quiénes son considerados de «interés nacional» o cómo se puede acreditar. La licencia deportiva será suficiente acreditación en el caso del resto deportistas federados.

El Consejo Superior de Deportes (CSD) está enviando un correo electrónico personal con la autorización, aunque lo que se espera es una lista completa para que los ciclistas profesionales tengan la seguridad de poder salir a entrenar en la provincia y sin horarios… y el resto de federados tenga que hacerlo en su municipio y con horarios.

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